
Por ADM. ACKBAR
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Cobrase o no usted, fuese buena o no la modificación propuesta por los periodistas, de ser cierta la grabación que pudimos ver, lo que sería indiscutible son dos hechos que ahora expongo, a los que añado mis reflexiones.
En primer lugar: presuntamente, las personas que a usted se dirigieron estaban cometiendo uno o varios delitos, de acuerdo a los artículos del Código Penal en el que se describen el tráfico de influencias y el cohecho.
Artículo 429. El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado(...)
Artículo 424. El particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función, será castigado (...)
En segundo lugar: usted tenía la obligación legal de denunciar los hechos de los que estaba siendo conocedor (y que por su formación, experiencia y responsabilidad no ignora). Eso es lo que se desprende de los artículos 259 y 252 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y más claramente en el 408 del código penal.
Artículo 408. La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Conclusiones, si es cierto lo que hemos visto grabado y la interpretación de los artículos citados es la que creo, asistió en repetidas ocasiones a la comisión de un delito y no lo denunció, con lo cual a su vez habría incurrido usted en delito. Delito del que serían ahora conocedores y cómplices quienes no sólo no le denuncian, sino que le apoyan. Esto debería ser suficiente para que usted y otros dimitiesen o suspendidos cautelarmente, fuesen investigados, juzgados y en su caso condenados.
Pero el asunto no acabó ahí. Introdujo en la legislación además las modificaciones que le sugerían los presuntos delincuentes, sin realizar mayor investigación sobre quién las promovía y que intereses beneficiaba. Es decir, que a sabiendas de que muy posiblemente estuvieran viciadas estas pretensiones en origen, o al menos con dudas bastantes como para motivar una solicitud de mayor información, se limitó a cumplir lo que le dictaron. No se merece usted representar a los ciudadanos ni mucho menos cobrar de ellos.
3 comentarios: on "Del europarlamentario del "yeah!""
Es obvio que todo lo que no sea dar un portazo a los corruptores y denunciarlos es una conducta políticamente impresentable, incluso aunque no llegue a ser perseguida penalmente.
¿Por qué el periódico inglés no quiere entregar toda la grabación?
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