Por EL FILIBUSTERO
Celebrando con caña el 1 de mayo
El otro día charlaba tranquilamente con un amiguete mío, responsable de recursos humanos de una empresa pública bastante grandota de allá por debajo del río Ebro. Me contaba que había estado en una reunión de dirigentes de empresas públicas que versaba sobre cuestiones laborales y que había mantenido una interesante conversación con un catedrático de Derecho Laboral, que le había puesto los pelos de punta.
Por lo visto, según le contaba el profesor, se había dictado una sentencia en la cual un empleado de una empresa pública (sociedad mercantil de capital público) había recuperado su puesto de trabajo tras un despido. El caso consistía en que fue un despido improcedente, pero la sentencia dictaminó que el hacer un despido improcedente es señal de una mala gestión por parte de la empresa pública, por lo que no había opción a indemnizar al desempleado, sino que lo que correspondía era readmitirlo en su puesto de trabajo.
Esto, que a muchos les parecerá una chorrada, es un asunto sumamente importante, puesto que implica que a la hora de la verdad, los empleados de empresas públicas, se equiparan peligrosamente a los funcionarios. Así, esos miles de empleados que están metidos a dedo, sin haber pasado ninguna oposición, y que viven plácidamente en empresas de muy dudosa eficacia, están percibiendo unos derechos de los que no disponen el resto de trabajadores, simplemente por la configuración del capital accionarial de la organización para la que trabajan.
Podemos estar contentos de que esto de momento solo es aplicable para este tipo de sociedades, y quedan al margen sindicatos o entes extraños como la Cámara de Comercio, que nadie sabe con certeza por qué tiene derecho de pernada sobre la actividad de las empresas. De hecho, me contaba otro amigo que hay asociaciones de autónomos que solicitaron eliminar la cuota obligatoria destinada a la Cámara de Comercio, y por arte de magia, dicha enmienda no llegó a poder ser aprobada en un consejo de ministros, porque alguien la hizo desaparecer. No obstante, me señaló que lo han vuelto a pedir.
Otros falsos funcionarios son los notarios. Al menos estos tienen que estudiar, pero para lo que hacen, y lo que nos obligan a pagarles, nos saldría más rentable que fuesen funcionarios de la Administración pública; claro que entonces, sería mucho más difícil hacer chanchullos de los que aparecen en los manuales de contabilidad creativa.
Podríamos hablar de más ejemplos que podrían suscitar ciertas dudas ante un tribunal de la competencia, como son el caso de la ITV o los estancos, el primero un invento de la era Felipe y el segundo de la de Patxi.
Y mientras tanto, miles de autónomos que han invertido sus ahorros en negocios y que son actores protagonistas en la generación de empleo, todavía ni siquiera tienen derecho al desempleo. ¿Justicia?
Por lo visto, según le contaba el profesor, se había dictado una sentencia en la cual un empleado de una empresa pública (sociedad mercantil de capital público) había recuperado su puesto de trabajo tras un despido. El caso consistía en que fue un despido improcedente, pero la sentencia dictaminó que el hacer un despido improcedente es señal de una mala gestión por parte de la empresa pública, por lo que no había opción a indemnizar al desempleado, sino que lo que correspondía era readmitirlo en su puesto de trabajo.
Esto, que a muchos les parecerá una chorrada, es un asunto sumamente importante, puesto que implica que a la hora de la verdad, los empleados de empresas públicas, se equiparan peligrosamente a los funcionarios. Así, esos miles de empleados que están metidos a dedo, sin haber pasado ninguna oposición, y que viven plácidamente en empresas de muy dudosa eficacia, están percibiendo unos derechos de los que no disponen el resto de trabajadores, simplemente por la configuración del capital accionarial de la organización para la que trabajan.
Podemos estar contentos de que esto de momento solo es aplicable para este tipo de sociedades, y quedan al margen sindicatos o entes extraños como la Cámara de Comercio, que nadie sabe con certeza por qué tiene derecho de pernada sobre la actividad de las empresas. De hecho, me contaba otro amigo que hay asociaciones de autónomos que solicitaron eliminar la cuota obligatoria destinada a la Cámara de Comercio, y por arte de magia, dicha enmienda no llegó a poder ser aprobada en un consejo de ministros, porque alguien la hizo desaparecer. No obstante, me señaló que lo han vuelto a pedir.
Otros falsos funcionarios son los notarios. Al menos estos tienen que estudiar, pero para lo que hacen, y lo que nos obligan a pagarles, nos saldría más rentable que fuesen funcionarios de la Administración pública; claro que entonces, sería mucho más difícil hacer chanchullos de los que aparecen en los manuales de contabilidad creativa.
Podríamos hablar de más ejemplos que podrían suscitar ciertas dudas ante un tribunal de la competencia, como son el caso de la ITV o los estancos, el primero un invento de la era Felipe y el segundo de la de Patxi.
Y mientras tanto, miles de autónomos que han invertido sus ahorros en negocios y que son actores protagonistas en la generación de empleo, todavía ni siquiera tienen derecho al desempleo. ¿Justicia?
2 comentarios: on "Los falsos funcionarios"
Los notarios no son falsos funcionarios. Son funcionarios que adquieren esa condición mediante oposición. Lo único peculiar es que no cobran un sueldo cada mes, sino que perciben las tarifas correspondientes por las escrituras que expiden. Hace siglos ese el modo habitual de retribución de muchos funcionarios.
Trabajo en una empresa pública, e ingresé mediante concurso-oposición. En mi empresa sigue habiendo concursos-oposición para buena parte de los nuevos trabajadores. Sólo se libran del trámite unos cuantos enchufadillos del gobierno regional. En este caso, sería fácil identificar a quienes pasaron concurso, y a quienes entraron por todo el morro.
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